• 21 de noviembre de 2024, 6:54
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Aporte extraordinario de las grandes fortunas

Por CELS

Comunicado de la Iniciativa por los principios de derechos humanos en la Política Fiscal sobre la necesidad de que los sectores que concentran la riqueza realicen una contribución extraordinaria para paliar la emergencia social.


En la Argentina y en América Latina en general, la presión tributaria sobre los sectores de mayores ingresos es baja si se la compara con la que tienen en los países más ricos.  

De acuerdo con la CEPAL, en 2018, la recaudación de los impuestos a la renta personal en la región alcanzó un 2,3% del PIB en promedio, en comparación con un 8,3% del PIB en los países más ricos. En cuanto al peso tributario general, en Argentina el 10% de la población de mayores ingresos destina 9,2% de sus ingresos al pago de impuestos, mientras que en la Unión Europea ese porcentaje alcanza al 21,3%.

La mitad de los ingresos tributarios de América Latina y el Caribe provienen de impuestos indirectos que, al definir un porcentaje único para toda la población, en términos relativos afectan más a quienes menos ingresos perciben. En los países más ricos la participación de estos impuestos no supera un tercio de la recaudación, mientras que en Argentina los impuestos al consumo de bienes y servicios (como el IVA) explican el 43% del total de la recaudación nacional.

Las propiedades inmobiliarias también están menos gravadas. Mientras en nuestra región la tributación sobre la propiedad inmueble gira en promedio en torno del 0.3% del PBI, en los países más ricos supera el 1% del PBI. En la Argentina la participación del impuesto inmobiliario sobre la recaudación total de ingresos de los gobiernos subnacionales se encuentra entre las más bajas de América Latina y se ha reducido los últimos años en algunas provincias. Algo similar sucede con el  impuesto nacional a los bienes personales, que grava la riqueza acumulada en inmuebles, automotores, acciones societarias y dinero, y ha reducido a la mitad su participación en la recaudación nacional, pasando de representar el 1,2% en 2015 al 0,6% en 2019, un aporte muy bajo que se explica, en gran medida, porque no alcanza a las grandes riquezas de forma progresiva.

Pedir a quienes concentran la riqueza y quienes, además, pagan proporcionalmente menos impuestos que la mayoría de la población, una contribución extraordinaria en el contexto de una emergencia social, económica y sanitaria, es justo y necesario. 

Tal como planteamos en un comunicado conjunto, es necesario que Argentina, así como todos los países de América Latina y el Caribe, realicen un esfuerzo redistributivo sin precedentes como respuesta a la crisis generada por el COVID 19 para evitar una crisis de derechos humanos. Proteger derechos depende de emprender una protección social más profunda y estructural, financiada a partir de reformas progresivas de los sistemas tributarios, que dejen atrás las visiones ortodoxas y los dogmas fiscales que han agravado las condiciones con que la región llegó para enfrentar esta crisis. 

La Iniciativa por los principios de derechos humanos en la Política Fiscal busca desarrollar y promover un compendio de Principios y Directrices que sintetizan los estándares de Derechos Humanos aplicables a la Política Fiscal. Está integrada por: Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ); Center for Economic and Social Rights; Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad (Dejusticia); Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS); Fundar (Centro de Análisis e Investigación); Instituto de Estudos Socioeconômicos (INESC); Red de Justicia Fiscal de América Latina y el Caribe.


Fuente: CELS

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